Patrimonio
ARTÍCULO TERCERO: Constituyen el patrimonio de la asociación:
• Las cuotas sociales que abonen sus asociados,
• Los bienes que posee en la actualidad y los que adquiera por cualquier título en lo sucesivo, así como las rentas que los mismos produzcan;
• Las donaciones, legados o subvenciones que reciba.
• El producido de beneficios, rifas, festivales y cualquier otra entrada que pueda tener concepto lícito.



